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Reforma Laboral: Entra en vigencia el fondo de cese optativo que reemplaza la indemnización tradicional

La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó el nuevo Sistema de Fondo de Cese Laboral, una herramienta alternativa a la indemnización por despido, alineada con la Ley de Bases.

Este mecanismo, que podrá incorporarse en los convenios colectivos de trabajo, permitirá a empleadores y trabajadores acordar el uso de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF) para cubrir los costos del fin de la relación laboral. Su implementación es voluntaria y busca modernizar el esquema indemnizatorio, promoviendo la previsibilidad para las empresas y la administración profesional de los recursos para los trabajadores.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha reglamentado el nuevo Sistema de Fondo de Cese Laboral, una herramienta que se presenta como una alternativa al esquema tradicional de indemnización por despido. Esta medida, formalizada mediante el decreto 847/2024 y en línea con lo establecido por la Ley de Bases, podrá incorporarse como una opción dentro de las Convenciones Colectivas de Trabajo.

El régimen fue diseñado para que las partes de una relación laboral -empleadores y trabajadores- puedan acordar anticipadamente el uso de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF) para cubrir los costos derivados del cese laboral. Es importante destacar que esta modalidad no sustituye automáticamente el régimen indemnizatorio de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, sino que opera como una alternativa opcional y voluntaria.

La CNV, encargada de la implementación y fiscalización, indicó que los FCI de Cese Laboral podrán conformarse con aportes mensuales realizados por los empleadores y, si así se establece en la negociación colectiva, también por los trabajadores. Estos aportes serán de carácter voluntario y estarán afectados exclusivamente a cubrir el cese de la relación laboral.


Funcionamiento y características del nuevo fondo

Los fondos acumulados serán inembargables mientras permanezcan en el fondo. Una vez transferidos al trabajador, estos quedarán sujetos a su libre disponibilidad, sin posibilidad de realizar nuevas suscripciones. Los fondos podrán constituirse a nivel individual (por empresa) o a nivel sectorial, según lo pactado en cada convenio.

Uno de los puntos clave del sistema es que solo podrán suscribir cuotas partes los trabajadores y empleadores adheridos. Las entidades depositarias deberán garantizar la separación patrimonial y la identificación clara del objeto de estos fondos.

En cuanto a la administración, las sociedades gerentes tendrán autonomía para definir las políticas de inversión dentro del marco normativo general, priorizando la seguridad y liquidez para asegurar el cumplimiento del objetivo principal del fondo.

Además de los FCI, la normativa habilita la utilización de Fideicomisos Financieros. Estos estarán autorizados a recibir aportes exclusivos de empleadores y trabajadores y no estarán obligados a publicar prospectos en el sitio web de la CNV. Esta flexibilidad busca promover la participación de estructuras más pequeñas o aquellas que no cotizan en los mercados secundarios. Los FF permitirán incluir a múltiples fiduciantes, lo que favorece la implementación en sectores con menor capacidad operativa individual de los empleadores.


Objetivos y expectativas

El presidente de la CNV, Roberto Silva, destacó que el objetivo de este sistema es modernizar el esquema indemnizatorio, adaptándolo a las necesidades del mercado laboral y financiero. Subrayó que la normativa surgió de un proceso de consulta pública que recogió aportes de diversos actores del sistema financiero.

La nueva estructura también facilita la canalización del ahorro interno hacia instrumentos de inversión, en línea con las recomendaciones de organismos multilaterales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), que impulsan reformas para fortalecer el mercado de capitales doméstico.

Uno de los puntos más relevantes es la voluntariedad de la implementación del sistema. Los sectores que decidan no adoptarlo seguirán rigiéndose por el esquema clásico de indemnización por despido, preservando la normativa laboral actual.

El sistema contempla que los montos acumulados puedan ser utilizados por el trabajador en caso de desvinculación, sin que el empleador deba realizar un desembolso adicional, lo que genera previsibilidad para el sector empresarial. Al mismo tiempo, promueve una administración profesional de los recursos, que podría generar rendimientos positivos para el trabajador.

La CNV estableció que las entidades administradoras deberán remitir reportes periódicos sobre el estado de los fondos y el nivel de riesgo asumido, garantizando la transparencia y seguridad jurídica. El decreto también aclara que los fondos y sus rendimientos no se considerarán parte del salario ni estarán sujetos a cargas sociales, aumentando su atractivo. En caso de fallecimiento del trabajador, los fondos se transferirán a sus herederos legales sin trámite sucesorio.

La CNV elaboró una guía detallada para la constitución y funcionamiento, incluyendo requisitos de inscripción, documentación y plazos máximos para la devolución de fondos. La medida ha sido bien recibida por el mercado de capitales, que ve en ella una oportunidad para dinamizar la oferta de fondos temáticos y canalizar el ahorro privado.

Sin embargo, algunos especialistas advierten que la efectividad del sistema dependerá del grado de adhesión que logre en los distintos sectores. La necesidad de consensuar su implementación a través de negociaciones colectivas podría ralentizar su adopción generalizada.

Esta medida se inscribe en un contexto en el que el Gobierno busca reducir los costos laborales sin eliminar derechos adquiridos, promoviendo el desarrollo del mercado de capitales nacional. La voluntariedad sigue siendo la piedra angular de la propuesta.

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