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Jubilaciones: Oficializan el bono de $70.000 para noviembre y la mínima supera los $400.000

Con este bono, la jubilación mínima total ascenderá a $403.150 en el penúltimo mes del año. El haber inicial (sin bono) fue fijado en $333.150, luego del aumento del 2,1% determinado por la inflación de septiembre.

El Gobierno oficializó, mediante el Decreto 771/2025, el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional de $70.000 para jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo durante el mes de noviembre.

Con este bono, la jubilación mínima total ascenderá a $403.150 en el penúltimo mes del año. El haber inicial (sin bono) fue fijado en $333.150, luego del aumento del 2,1% determinado por la inflación de septiembre.


Detalles de la Asignación y Justificación del Ejecutivo

El bono de $70.000 es la ayuda previsional que el Gobierno otorga desde marzo del año pasado para mitigar los efectos adversos de la inflación sobre los haberes más bajos.

  • Monto para Haberes Superiores a la Mínima: El bono se pagará de forma proporcional a quienes perciban un monto superior a $333.150, pero inferior a $403.150. El monto máximo será el necesario para alcanzar esa cifra tope.

    • Ejemplo: Un jubilado que perciba $350.000 recibirá un bono de $53.150.

  • Aumento Real: La jubilación más baja pasará de $396.298 a $403.150, lo que implica una suba de apenas $6.852 respecto al mes anterior.

  • Justificación: El Ejecutivo aludió a los "graves y serios inconvenientes" de la anterior Ley N° 27.609, que "no resguardaba el riesgo inflacionario" y presentaba un gran desfasaje, por lo que la continuidad de los bonos se hace "necesario acudir a su sostenimiento".

  • Características del Bono: El beneficio tiene carácter no remunerativo, no será susceptible de descuento y no será computable para ningún otro concepto.

Beneficiarios del Bono de $70.000 en Noviembre

El Decreto especifica que el bono previsional será otorgado a los titulares de las siguientes prestaciones, siempre que se encuentren vigentes en el mensual de liquidación:

  • Titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES.

  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

  • Beneficiarios de pensiones no contributivas (por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables a cargo de la ANSES).

Nota Importante: En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos serán considerados como un único titular para la percepción del bono.

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