RESTRICCIONES EN PANDEMIA

El Gobierno informó qué se puede hacer y qué no hasta el 11 de junio

El próximo fin de semana, la circulación estará restringida entre el viernes a las 18:00 y el lunes 7 a las 6:00.

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A partir de este lunes y hasta el próximo 11 de junio estarán vigentes las medidas que establecía el decreto anterior al confinamiento de nueve días que culminó el domingo, exceptuando el primer fin de semana de junio cuando la circulación estará restringida entre el viernes a las 18:00 y el lunes 7 a las 6:00.

Según se informó en la cuenta oficial de la red social Twitter de la Casa Rosada, las medidas de prevención rigen para todo el país y se detalla qué actividades están permitidas dependiendo de que se esté en zona de alerta alta, media o baja en cuanto a la circulación epidemiológica.

Restricciones en toda la Argentina tras el confinamiento de 9 días:

  • Se suspenden los viajes grupales de egresados, de estudio, de jubilados y de grupos turísticos.
  • Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
  • Se suspende la asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Restricciones en zonas de Alarma Epidemiológica y Sanitaria:

  • Se suspende la actividad de shoppings y centros comerciales; las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados Los ocales comerciales deberán cerrar entre las 19:00 y las 6:00 del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
  • Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles; se prohíben los deportes grupales de contacto al aire libre.
  • Se suspende la actividad de clubes, gimnasios y establecimientos afines.
  • Se suspenden los casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
  • Los locales gastronómicos deberán cerrar entre las 19:00 y las 6:00 del día siguiente. Luego de las 19:00, podrán continuar bajo las modalidades delivery.
  • Durante el horario permitido, los bares y restaurantes tendrán que funcionar en los espacios habilitados al aire libre.
  • Se prohíben las reuniones en domicilios particulares.
  • Se restringe la circulación entre las 20:00 y las 6:00 de la mañana del día siguiente.
  • El transporte público se reserva para el uso exclusivo de personal esencial y autorizado.

Restricciones en zonas de alto riesgo epidemiológico y sanitario:

  • Rigen las mismas medidas que para las zonas que están en alerta, solo que cambia el límite de horario para los locales gastronómicos y de circulación.
  • Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23:00 y no se puede circular desde las 24:00 a las 6:00 del día siguiente.

Restricciones en zonas de medio riesgo epidemiológico y sanitario:

  • Son los gobernadores los que pueden adoptar medidas que disminuyan las circulación para prevenir la transmisión del coronavirus.

Fuente: NA


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